lunes, 7 de enero de 2013

El Consulado de México y la Oficina de Extranjeros buscan acuerdos por denegaciones de expedientes

Según el portal de noticias legales Legalcity "representantes de alto nivel del Consulado de México en Barcelona intentan llegar a un acuerdo con la Oficina de Extranjeros de Barcelona y con las autoridades españolas a propósito de las denegaciones y archivos de expedientes de ciudadanos mexicanos que solicitan una Tarjeta de Familiar de Comunitario bajo el supuesto de la Unión Estable o Pareja de Hecho.
El dilema surgió a raíz de los continuos archivos de aquellas solicitudes que se presentan bajo el supuesto de la Unión Estable porque a juicio de la Oficina de Extranjeros de Barcelona, los certificados que prueban el estado civil de los mexicanos no son válidos porque “hacen alusión exclusivamente al Estado de donde es el ciudadano mexicano y no a todo el país, es decir, Federal”; agregan las fuentes. 
Por ejemplo, si un ciudadano de Cuatitlán Izcalli aporta un certificado de soltería solo de su Estado donde no se hace referencia a todos los Estados mexicanos, la Oficina de Extranjeros no da por válido este documento alegando que este ciudadano podría estar casado en otro Estado de México. Ya se sabe que la Normativa de Extranjería deja bien claro que “las situaciones de matrimonio e inscripción como pareja registrada se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí”. Lamentablemente si no se aporta el documento que “no existe” por las autoridades mexicanas no es responsabilidad de la administración española. 
La Oficina de Extranjeros entiende que dicho documento (certificado de soltería) debe hacer referencia a todo el país y no a un determinado Estado de los Estados Unidos Mexicanos. ¿Se podría aportar un certificado consular? No. ¿Qué pasa entonces? Pues se le requiere al ciudadano extracomunitario dicho documento y ante la imposibilidad de aportarlo se archiva el expediente; aún cuando el propio Consulado de los Estados Unidos Mexicanos emite un documento a sus ciudadanos en el cual se explicita esta circunstancia. Lo mismo pasó con los ciudadanos estadounidenses que no podían aportar el mismo documento porque en Estados Unidos no existe tampoco; pero después de varias conversaciones entre las autoridades españolas y norteamericanas (esto le consta a Legalcity) se llegó al acuerdo que los ciudadanos de aquel país que hicieran este tipo de trámites aportaran una declaración jurada hecha ante el Consulado de los Estados Unidos en Barcelona."
Si necesitan apoyo legal pueden contactar con MEXCAT, que realiza asesoramiento legal gracias a la abogada colegiada Sonia Rosales

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