viernes, 8 de junio de 2012

España simplifica el ingreso de los mexicanos

Los turistas mexicanos podrán entrar con mayor facilidad a España. El Gobierno español informó que simplificará la Carta de Invitación que necesitan los turistas mexicanos para ir de visita. La medida es en respuesta a las quejas de México por ciertas expulsiones supuestamente arbitrarias en las fronteras de Madrid y Barcelona. 
Este mes se reunirán delegaciones de los dos gobiernos para “aclarar” y “flexibilizar” los requisitos de entrada, de acuerdo con un comunicado conjunto de las cancillerías española y mexicana. Hasta ahora, las cartas de invitación eran facilitadas por la Policía y exigían numerosos requisitos para acreditar la relación entre el visitante y la persona que cursaba la invitación, desde correspondencia personal hasta fotos, por ejemplo. Al mismo tiempo, la parte española reiteró “su compromiso de velar por los derechos de los inadmitidos mexicanos y a facilitar su acceso a la asistencia consular inmediata, así como a sus pertenencias”. 
En las últimas semanas, el Gobierno de Felipe Calderón se quejó de un repunte de las no admisiones de turistas mexicanos en las fronteras españolas y del trato dispensado por las autoridades. 
El diputado de la Comisión de Relaciones Exteriores, Carlos Flores Rico, confió en que la respuesta de la cancillería española obtenga buenos resultados, ya que México no tendría capacidad para usar la reciprocidad, como hasta el momento ha hecho Brasil (ver telón de fondo), debido a la afluencia de turismo español a territorio mexicano. Agregó que las medidas tomadas por el nuevo Gobierno español responden a la crisis que vive su país “son exageradas”, puesto que Grecia, Portugal o Irlanda, que están en situaciones más críticas, no tienen problemas con los paseantes mexicanos. 
El miércoles, el Presidente Felipe Calderón se reunió con el Rey Juan Carlos I con motivo de la IV Cumbre de la Alianza del Pacífico y le externó su preocupación respecto de las medidas migratorias instrumentadas por España. De acuerdo a la SRE, en el último año 300 turistas mexicanos fueron retenidos y regresados al país sólo desde el aeropuerto de Barajas, en Madrid, a los que se suma un centenar de casos en la terminal aérea de El Prat, en Barcelona. La cancillería mexicana alega que los mexicanos que viajan hacia España no son informados de forma debida sobre la llamada carta de invitación. Hay más de 16 mil De acuerdo al Anuario Estadístico de Extranjería, en España viven ocho mil 028 mexicanos que no tienen vínculos familiares con españoles, mientras que hay ocho mil 478 mexicanos casados con españoles o con personas de países mimebros de la Unión Europea. En las cifras de la Secretaría General de Inmigración y Emigración no están incluidos los mexicanos que tienen la nacionalidad española. España pide cinco tipo de visas: de turista, estudiante, de trabajo (para empleados), de trabajo por cuenta propia (para empresarios) y de inversionista. 
 GUÍA La actual Carta de Invitación 
 — ¿Qué es? — Es un documento para los viajes de carácter turístico o privado. Existe desde hace años, pero a raíz de la crisis se endureció su exigencia por parte de los agentes de migración. Únicamente justifica el requisito relativo al hospedaje, es decir, no suple a los otros requisitos que pide España para que se pueda ingresar al país. 
 — ¿Cómo se obtiene? — El invitante presentará ante la Comisaría de Policía que le corresponda una solicitud, con una serie de requisitos y en caso de ser autorizada, se le entregará al invitante una Carta Oficial de Invitación para que sea enviada al invitado y éste la presente en el puesto fronterizo en el caso que le sea requerida 
 —¿Cuál es la pena para personas que utilicen la carta de invitación para traficar con inmigrantes? —El Código Penal español estipula que será castigado con la pena de cuatro a ocho años de prisión a quien promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina. 
 — ¿Por qué motivo pueden negar la carta de invitación? — Por la no aportación o la falta de veracidad de los datos previstos en la presente Orden ministerial. O por el incumplimiento de los requisitos del invitador (nombres, lugar y fecha de nacimiento y residencia del tramitando y del invitado; periodo y motivo de la visita y relación que mantiene con el invitado, entre otras).  
FUENTE: Secretaría General de Inmigración y Emigración de España.

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